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El jueves 7 de diciembre del 2023 es dΓa no laborable para los trabajadores del sector pΓΊblico, lo que, sumado a los dΓas feriados por el DΓa de la Inmaculada ConcepciΓ³n y la Batalla de Ayacucho -viernes 8 y sΓ‘bado 9 de diciembre-, permitirΓ‘ un fin de semana largo propicio para la realizaciΓ³n de actividades recreacionales en Lima y viajes hacia el interior del paΓs.
AsΓ lo disponen el Decreto Supremo NΒΊ 151-2022-PCM y el Decreto Legislativo NΒ° 713, que establecen como no laborable al prΓ³ximo jueves 7 de diciembre y como feriados nacionales (calendario) al viernes 8 y sΓ‘bado 9 de diciembre.
La norma explica que en dΓas feriados, el trabajador debe descansar y percibir su remuneraciΓ³n habitual. Sin embargo, aquellos que acuerden trabajar estos dΓas, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple pago correspondientes a los siguientes conceptos:
1. La remuneraciΓ³n correspondiente al dΓa feriado
2. La remuneraciΓ³n correspondiente a la labor efectuada
3. Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneraciΓ³n correspondiente a la labor efectuada.
En el caso de los dΓas no laborables, es aplicable para los trabajadores del sector pΓΊblico.
La norma aΓ±ade que este dΓa es considerado hΓ‘bil, y a diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez dΓas inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pΓΊblica, en funciΓ³n a sus propias necesidades.
Sector privado
Aclara que el acogimiento de los centros de trabajo del sector privado a esos dΓas no laborables es voluntario, y corresponderΓ‘ al empleador y los trabajadores fijar de comΓΊn acuerdo la forma como se harΓ‘ efectiva la recuperaciΓ³n de las horas dejadas de laborar, considerando que, a falta de acuerdo, decidirΓ‘ el empleador.
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Las entidades y empresas sujetas al rΓ©gimen laboral de la actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagΓΌe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de vΓveres y alimentos estarΓ‘n facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarΓ‘n excluidos de los referidos dΓas no laborables.
Multas por no pagar el feriado trabajado
Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensaciΓ³n del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarΓan cometiendo una infracciΓ³n muy grave en materia de derechos laborales.
Otros feriados en diciembre:
– Lunes 25 de diciembre: feriado por Navidad.
– Martes 26 de diciembre: dΓa no laborable.
Diferencias entre feriado y dΓa no laborable
Vale precisar que los feriados son definidos por ley, mientras que los dΓas no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en dΓa no laborable se debe compensar luego esas horas.
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